Autoempleo
¿Qué tipo de ayudas existen?
Un trabajador autónomo o empresario individual es aquella persona física que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin estar sujeto a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.
Con respecto a las ayudas de las que pueden beneficiarse, los trabajadores pertenecientes a este Régimen cuentan con ayudas tanto a nivel estatal como en el ámbito autonómico.
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Son numerosas las ayudas que existen y de las que puedes beneficiarte a nivel estatal. Estas ayudas se articulan en las siguientes líneas:
A. Subvenciones para promocionar el empleo autónomo. Aquí encontramos las siguientes ayudas:
- Subvención por el establecimiento como autónomo o por cuenta propia hasta un máximo 10.000 euros
- Subvención financiera para reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa
- Subvención para asistencia técnica
- Subvención para formación sobre dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación
B. Bonificaciones Seguridad Social en el Régimen Especial Trabajadores Autónomos. Las ayudas en este sentido son para los siguientes colectivos:
- Jóvenes hasta 30 años y mujeres hasta 35 años de edad
- Trabajadoras autónomas reincorporadas después de la maternidad
- Personas con discapacidad
- Trabajadores autónomos de Ceuta y Melilla
C. Ayudas financieras del Instituto de Crédito Oficial (ICO)
D. Capitalización en pago único de la prestación por desempleo. Colectivos que pueden beneficiarse de estas ayudas:
- Autónomos con discapacidad igual o superior al 33%
- Autónomos jóvenes de hasta 30 años o mujeres de hasta 35 años
- Resto de desempleados que se constituyan como autónomos
E. Incentivos en calidad de empresario. Si el autónomo tiene personas trabajadoras a su cargo y éstos pertenecen a alguno de los colectivos de bonificación.
F. Ayudas para colectivos específicos. En ellas encontramos:
- Subvenciones de promoción de empleo autónomo para personas con discapacidad
- Ayudas a trabajadores afectados por el síndrome tóxico
Pincha en cada una de las ayudas para obtener más información sobre los requisitos.
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En el ámbito autonómico, son varias las ayudas de las que los trabajadores autónomos disponen, tal y como se indica a continuación:
A. Apoyo a la primera contratación. (En plazo) Las cuantías que se ofrecen a los trabajadores autónomos son:
- 5000 Euros para el caso de que el contrato se formalice con una mujer, o supongan dos o más contrataciones simultáneas, o en el caso de que se formalicen en áreas territoriales referentes para actuaciones integrales de empleo.- En el resto de supuestos la ayuda será de 4.750 Euros.
B. Apoyo a la trabajadora autónoma. (En plazo)
C. Capitalización de la prestación. (En plazo) Los colectivos que se pueden acoger al Abono a cuotas de la Seguridad Social a trabajadores/as acogidos al Pago Único son:
- Personas que perciban la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, que pretendan constituir cooperativas o sociedades laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, o incorporarse de forma estable a ellas como socios de trabajo.
- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100 que tuvieran reconocida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
D. Fomento y consolidación del trabajo autónomo. Las iniciativas económicas que se pueden beneficiar de estas ayudas son:
- Servicios profesionales avanzados.
- Actividades económicas tecnológicas.
- Actividades económicas y profesionales tradicionales.
E. Ayudas para el establecimiento como trabajador/a autónomo. Las cuantías a recibir son:
- 5.000 euros para personas desempleadas en general.
- 6.000 euros para personas desempleadas de hasta 30 años, o provenientes de expedientes de regulación de empleo, o a actividades desarrolladas en zona ATIPE.
- 7.000 euros para mujeres desempleadas.
- 8.000 euros para personas desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento, o mayores de 45 años, inmigrantes o parados de larga duración.
- 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento.
F. Ayudas para el mantenimiento como trabajador/a autónomo.
G. Apoyo a las organizaciones que representen a trabajadores/as autónomos.
Pincha en cada una de las ayudas para obtener más información sobre los requisitos.